Información actualizada el 21/02/2023
NOTA: Descarga en formato (.doc), (.odt) y (.pdf).
El acceso a la información del Colegio de Economistas de Santa Cruz de Tenerife, como corporación de Derecho Público, viene regulado en la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.
El órgano competente para velar por el derecho de acceso a la información es la Junta de Gobierno del Colegio a través de su Secretario.
El Colegio pone a disposición de la ciudadanía los siguientes medios para garantizar el acceso a la información:
- PRESENCIALMENTE: Acudiendo a nuestra sede colegial sita en la C/ Pérez Galdós, nº20, 3º, en Santa Cruz de Tenerife.
- TELEFÓNICAMENTE: 922 290 568 Y 922 243 719
- FAX: 922 244 078
- SOLICITUD MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO a la dirección coete@economistas.org.
- A TRAVÉS DE NUESTRA VENTANILLA ÚNICA accediendo al FORMULARIO GENÉRICO.
- MEDIANTE SOLICITUD EN VIRTUD DEL RGPD accediendo al FORMULARIO.
- UTILIZANDO EL FORMULARIO PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
- INTERPONIENDO RECLAMACIÓN EN MATERIA DE TRANSPARENCIA AL COMISIONADO DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS
Todos tenemos derecho a acceder a la información pública. Las administraciones públicas están obligadas por el actual marco normativo a dar publicidad a determinada información de manera activa por medio de sus portales web de transparencia , así como a satisfacer las peticiones de información que les dirija cualquier persona física o jurídica.
En el caso de que haya presentado en cualquier administración pública canaria, una solicitud de acceso a la información pública y la misma no se haya contestado o no esté conforme con la respuesta que ha recibido, puede presentar su reclamación a través del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de una manera ágil y sencilla. La reclamación sustituye al tradicional recurso administrativo.
Si las preguntas que no han sido contestadas son de interés general, la reclamación constituye un aporte del reclamante a la mejor rendición de cuentas de los servicios públicos.
Si solicitas información y no se contesta puedes consultar la siguiente GUIA PARA RECLAMAR
ESTADÍSTICAS DE ACCESO
Este Colegio, durante los años 2022 y 2023, no ha efectuado ninguna rersolución denegatoria de acceso a la información como estipula el artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Durante los años 2022 y 2023, no se ha producido ninguna solicitud de información según lo estipulado en el artículo 33 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.